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Medievalista

versão On-line ISSN 1646-740X

Med_on  no.23 Lisboa jun. 2018

 

APRESENTAÇÃO DE TESE

El reino de Sevilla y la fiscalidad extraordinaria en la Corona de Castilla. Del pedido regio a las contribuciones de la Santa Hermandad (1406-1498). Tese de Doutoramento em História apresentada à Universidade de Málaga (Espanha), Julho de 2016. Orientação do Professor Doutor Ángel Galán Sánchez

José Manuel Triano Milán*

* Universidade de Málaga, Departamento de Ciencias Históricas, 29071, Málaga, España. E-mail: triano@uma.es


 

La creciente necesidad de gasto de las monarquías medievales auspició la conformación de unos sistemas fiscales que no adquirieron su estructura definitiva hasta bien entrada la Edad Moderna. Este complejo proceso, bien conocido en líneas generales, ha sido asumido de forma un tanto simplista y esquemática por cierta historiografía durante los últimos años. La complejidad del fenómeno, sin embargo, obliga a un acercamiento cuidadoso y exento de interpretaciones apriorísticas, teniendo en cuenta sus sensibles variables territoriales. En el caso castellano, al igual que ocurriera con otras potencias vecinas, vemos como los denominados ingresos ordinarios se mostraron insuficientes para hacer frente a la creciente demanda de recursos de una monarquía que, si bien no experimentó conflictos bélicos del calado de otras regiones europeas (como es el caso de lo ocurrido en Francia o Inglaterra en los siglos XIV-XV), sí que hubo de sufrir la apropiación de sus recursos, de manera parcial o total, como resultado de sus problemas internos. La vía para afrontar este problema fue acudir al Reino, a través de sus representantes en ciertos espacios de negociación (principalmente en las Cortes), para conseguir sumas extraordinarias que permitieran hacer frente a ciertos momentos de emergencia. Con el paso del tiempo, estas demandas se fueron haciendo más y más habituales, permitiendo la expansión del sistema fiscal. En paralelo, se fue conformando una maquinaria recaudatoria cada vez más compleja y eficiente, que acabaría culminando en los modernos servicios de Cortes a partir del siglo XVI.

Tradicionalmente, este problema ha recibido una atención mucho menor por parte de la historiografía que la de la denominada fiscalidad ordinaria, que ha atraído el interés y los esfuerzos de los investigadores de manera predominante. Su rica tipología de tributaria, su utilidad para obtener índices de actividad económica, las posibilidades de estudio de sus sistemas de gestión o de la participación política de las élites, explican, entre otros factores, la atención recibida por los ingresos ordinarios. Por su parte, la fiscalidad extraordinaria se ha resentido de una visión plana, que atendía sólo a las cifras globales y al papel de las Cortes, no siempre bien entendido en lo que toca a este asunto. A ello hay que añadir la escasez y dispersión de las fuentes para su estudio, que no han ayudado precisamente a una mejor comprensión de la cuestión, a diferencia de lo que ocurre con los servicios de época moderna.

En este sentido, el la presente tesis nace con vocación de poner en valor la importancia de la fiscalidad extraordinaria, no sólo por su importancia en la evolución del sistema tributario castellano, sino también como una vía para abordar un elemento esencial en la historiografía sobre el período: el de la construcción del Estado. En este sentido, desde los estudios de J. A. Schumpeter se ha venido poniendo en valor cómo este tipo de ayudas o servicios negociados entre el monarca y los diversos cuerpos políticos dentro del reino se convirtieron en la vía a través de la que se extendieron los sistemas tributarios y, de la mano de estos, también la esfera pública. Pero, se suele olvidar que existe otra vía mediante la cual la Corona logró expandir su autoridad e integrar a esos otros poderes en la estructura política que estaba tomando forma: su participación en el emergente sistema fiscal. En el caso de las ciudades, las haciendas locales fueron siendo introducidas en la maquinaria administrativa de la Corona mediante su paulatina conversión en una extensión más de la Real Hacienda. Este proceso, su consolidación y expansión, es el objeto fundamental de nuestra investigación.

Nuestro análisis se inicia a comienzos del siglo XV con la emergencia de un nuevo sistema de ingresos extraordinarios: el denominado servicio medieval de Cortes. Éste, que toma forma tras la definitiva conversión de la alcabala en pecho ordinario, presentará un carácter dual, conformado por dos vías: las monedas, recaudadas mediante el tradicional método de arrendamiento, y el pedido regio, que requería de las ciudades para su funcionamiento. Para ello se aplicará un sistema de repartimiento para su recaudación, que implicará en buena medida a toda la estructura administrativa concejil, desde los contadores hasta los jurados. Ello permitirá desarrollar un sistema de extracción y gestión de los ingresos que, debido a su elevado grado de complejidad y al control de la información requerido para su funcionamiento, solo podía ser llevado a efecto por los municipios. No obstante, la creciente confluencia que este hito marcaba entre la fiscalidad de Estado y la fiscalidad municipal aún no era definitiva, ya que las haciendas de los concejos solo participaban tangencialmente en la gestión del pedido, como refleja el hecho de que su máxima autoridad fiscal – el mayordomo en el caso hispalense – no tuviera un papel real en este proceso. Efectivamente, únicamente con la implantación del sistema fiscal de la Hermandad acabará por producirse una simbiosis completa entre ambas realidades.

Para el estudio de las mismas hemos adoptado una doble aproximación. Por un lado, hemos tratado de presentar una imagen general de la evolución de estos ingresos, tanto en lo referente a su valor cuantitativo general como a los avatares de su procedimiento de recaudación, gestión y gasto, al que ya hemos aludido. Información que hemos recabado fundamentalmente en los ricos fondos inéditos del Archivo General de Simancas. Allí nos ha resultado especialmente provechoso el análisis de la sección Escribanía Mayor de Rentas. Más parciales son las referencias de otras secciones de documentación fiscal como la Contaduría Mayor de Cuentas o Expedientes de Hacienda. Otras de carácter ajenas al hecho tributario como Cámara de Castilla o la Sección Estado han aportado interesantes noticias de carácter cualitativo.

Por otro lado, hemos analizado cómo funcionaban estos ingresos desde una perspectiva local y cómo afectó su implementación y desarrollo a los gobiernos municipales, así como las relaciones que establecieron estos poderes locales con la Real Hacienda. Para ello disponemos de los fondos del Archivo Municipal Hispalense, los únicos que conservan información serial sobre esta cuestión que sepamos en los denominados Libros del Pedido. Así mismo, también se han conservado allí una mayor cantidad de documentos relativos a la evaluación de la riqueza de los contribuyentes que en cualquier otra parte de la Corona. Nos referimos a esos célebres padrones que eran necesarios para que la distribución de la carga del pedido, y posteriormente parte de las de las contribuciones de la Hermandad, se hiciera en proporción a la riqueza de cada contribuyente. A ello se puede sumar la información complementaria que proporcionan otros fondos documentales municipales situados en el antiguo espacio del reino de Sevilla (Archivo Municipal de Jerez, Archivo Municipal de Carmona y Archivo Municipal de Écija) y las interesantes referencias localizadas en el Archivo de la Real Chancillería de Granada, el Archivo General de Andalucía y el Archivo Catedralicio de Sevilla sobre el asunto que aquí nos ocupa. Este doble acercamiento, como hemos apuntado en diversas ocasiones, es resultado de la fuerte convicción de que el análisis desde solo una de estas perspectivas, general o local solo alcanzaríamos una imagen sesgada para el conocimiento del problema que aquí pretendemos abordar.

Hemos iniciado nuestro estudio del pedido regio con un primer capítulo en el que hemos tratado de clarificar los orígenes de este ingreso y las causas que motivaron su rápida consolidación y su transformación en el ingreso extraordinario más importante de la Corona. Para ello hemos emprendido un pormenorizado análisis cuantitativo, que también nos ha permitido aclarar otros aspectos de interés, como la estrecha relación entre las dos vías que componían el servicio (pedidos y monedas). Los datos extraídos de las nóminas conservadas en el Archivo General de Simancas – tanto en moneda de cuenta como deflactados en reales de plata, para solventar el problema constante de la devaluación del maravedí – han permitido arrojar una gran cantidad de luz sobre estas circunstancias. Una vez hecho esto hemos tratado de explicar cómo esta consolidación y expansión de los ingresos extraordinarios solo fue posible gracias a la constitución de sólidas bases institucionales. En relación a ellas hemos estudiado con suma atención el papel que jugaron en la recaudación del pedido desde las instituciones centrales, como las Cortes o la Contaduría Mayor de Hacienda, hasta la maquinaria financiera de los concejos. Aunque los escasos y dispersos testimonios documentales en torno a esta cuestión y el hecho de que las relaciones entre estas instituciones fueran, en gran medida, de carácter informal, hayan limitado un tanto los resultados obtenidos. No obstante, hemos podido clarificar la articulación de las relaciones que se establecieron entre los ámbitos locales y estos organismos generales, para los que resulta particularmente interesante, por ejemplo, el nuevo sistema de organización del espacio fiscal vinculado a los servicios de Cortes, que tomó forma durante las primeras décadas de esta centuria. Todo este complejo entramado institucional y financiero adolecía, sin embargo, de una serie de problemas que acabaron lastrando estos ingresos en el largo plazo. La acumulación de privilegios fiscales, la substracción de ciertos espacios de la autoridad de la Real Hacienda o la falta de control sobre territorios teóricamente despoblados son algunos de los asuntos a los que no se dio una solución adecuada durante los reinados de Juan II y Enrique IV y acabaron por minar la recaudación del pedido. Ello obligó, ya durante el reinado de los Reyes Católicos, a buscar nuevas vías que permitieran al trono dotarse de unos ingresos que le eran cada vez más necesarios.

Una vez analizados los orígenes y evolución del ingreso, en el segundo capítulo nos detenemos en el proceso de negociación del otorgamiento del servicio de Cortes. Éste estuvo marcado por esas justificaciones doctrinales que, acuñadas por la escolástica para justificar el hecho fiscal, han sido bien estudiadas para el ámbito castellano por Pablo Ortego, José Manuel Nieto y Juan Manuel Carretero. Pero, más allá del plano estrictamente teórico, hemos tratado aquí de observar la plasmación de este tipo de argumentos en un debate que tuvo una destacada trascendencia política. Éste marcó, en buena medida, las relaciones entre rey y reino en Castilla durante buena parte de esta centuria. Una relación dialéctica que hace evidente la falsedad de esa pasividad de las Cortes como sujeto político que tradicionalmente ha venido defendiendo una historiografía que podemos remontar hasta el mismo Martínez Marina. Al contrario, lo que se presenta ante nosotros es una dura y callada pugna entre los representantes del reino y el monarca por el control de unos ingresos que se fueron haciendo cada vez más necesarios para la Real Hacienda. La derrota en su pretensión de fiscalizar estas sumas, aspecto que los procuradores de las ciudades estuvieron cerca de alcanzar en varios momentos, fue lo que realmente privó a las Cortes de ejercer un papel relevante en el panorama político castellano. Cabe destacar, así mismo, el valor de estas negociaciones como plataforma desde la que abordar el estudio de la evolución de las relaciones políticas en este territorio, aspecto que hemos acometido desde una perspectiva un tanto más narrativa que el resto de capítulos de esta obra.

En el tercer capítulo de este trabajo hemos abordado con detalle el proceso de tasación, recaudación, gestión y gasto del pedido desde una perspectiva local. Algo posible gracias a la conservación en el Archivo Municipal Hispalense de esa documentación privilegiada a la que ya aludimos anteriormente. Aunque otros autores y nosotros mismos habíamos acometido esta labor anteriormente, se hacía necesario abordar de nuevo este asunto transcendiendo el mero ejercicio descriptivo para matizar algunos aspectos relevantes de lo que se ha venido apuntando sobre esta cuestión y para ampliar el análisis de lo que este proceso supuso desde un punto de vista político y económico. En este sentido, hemos considerado aspectos de interés como la definición del número de contribuyentes, su potencial económico y la desigual distribución de la carga fiscal.

Al margen de estas cuestiones, el análisis de los fenómenos sociales no podía ser olvidado en una obra como ésta, en la que se siguen los postulados de la denominada New Fiscal History. A ello dedicamos el capítulo cuarto, en relación al pedido regio. Aquí abordamos esta cuestión desde una perspectiva doble, pero complementaria: primero desde la de los agentes fiscales que hacían funcionar el sistema recaudatorio y, en segundo lugar, desde el de los contribuyentes del pedido. En relación a esos agentes fiscales vemos como el pedido, al igual que otros ingresos de la Real Hacienda, se convirtió en campo abonado para la obtención de beneficios financieros. No obstante, su particular forma de recaudación introdujo algunos matices que hemos creído conveniente destacar. Mediante un detallado estudio prosopográfico, además, hemos tratado de señalar las líneas maestras de la evolución del perfil de los agentes vinculados al proceso de recaudación de este ingreso, lo que supone también un primer paso para el conocimiento de los grupos y compañías financieras que operaron en un espacio tan destacado como el reino de Sevilla. Nuestro estudio de los contribuyentes, por su parte, ha partido de la consideración del carácter heterogéneo de este grupo. Por ello, hemos tratando de distinguir las distintas respuestas que éstos dieron a la recaudación de este ingreso y su motivación para ello.

Tras concluir este capítulo, contando con una imagen general del pedido regio y de lo que éste supuso en la historia fiscal castellana, damos por finalizada la primera parte de nuestro trabajo y nos adentramos directamente en la segunda, focalizada en el estudio de la Hermandad General constituida por los Reyes Católicos a comienzos de su reinado. Esta institución polifacética, que sustentó el germen de un primer ejército permanente, se financió gracias a un nuevo sistema fiscal nutrido por las denominadas contribuciones de la Hermandad. Éstas fueron, en la práctica, las herederas naturales del servicio de Cortes, y más concretamente del pedido regio, aunque para hacer más eficiente su recaudación, gestión y gasto se le dotó de nuevas bases doctrinales, institucionales y territoriales que bebían directamente de la experiencia previa de la Corona en este sentido. Así, estos recursos fueron presentados como un ingreso de nueva planta, en cuyo funcionamiento se trató de implicar mucho más estrechamente a las haciendas municipales, mediante un modelo de encabezamiento que permitía a las autoridades locales elegir el medio de punción fiscal que consideraran más adecuado a las circunstancias. La nueva geografía administrativa y financiera de la Hermandad favoreció una organización del espacio más racional y centralizado, en el que cada región contaba con su propia tesorería, dependiente de la tesorería central hermandina.

Una vez analizada la Hermandad en su vertiente fiscal desde un punto de vista general en el capítulo seis hemos dedicado un último capítulo al estudio de su funcionamiento desde un punto de vista provincial y local. Gracias a ello podemos observar como la maquinaria financiera hermandina vino a transformar las relaciones que las ciudades venían manteniendo con la gestión de los ingresos reales. La imbricación entre la fiscalidad de Estado y la municipal alcanzará ahora un grado mucho mayor de la que había mantenido con el pedido, mientras que la creciente presión fiscal generada por este tipo de demandas, solicitadas de forma periódica, suponían todo un revulsivo a nivel local. El desarrollo del recurso al crédito, fundamentalmente mediante medios tradicionales, pero también mediante la introducción de algunas relevantes novedades, vino a anticipar lo que estaba por venir. Así mismo, los concejos lograron dinamizar sus ingresos mediante la cesión de nuevos impuestos y rentas por parte de la Corona. Por otra parte, la creciente capacidad de los municipios a la hora de controlar las vías más convenientes para aplicar la punción fiscal favoreció que el dominio sobre la gestión de estos recursos extraordinarios se siguiera utilizando, más aún que en el caso del pedido, como una vía para reforzar el predominio político que los gobiernos municipales tenían sobre los territorios bajo su jurisdicción.

El sistema financiero de la Hermandad se extinguió tras apenas treinta años de funcionamiento. Su incapacidad para adaptarse a las nuevas necesidades generadas por el cambiante panorama político y económico determinó su desaparición. Sin embargo, la experiencia no fue inútil. La creciente regularidad de estos servicios, la articulación territorial del espacio fiscal o la estrecha vinculación entre los ingresos extraordinarios y el nuevo modelo crediticio que surgió a finales del siglo XV pueden considerarse legados del sistema financiero hermandino. El nuevo sistema de ingresos extraordinarios que sustentará la ambiciosa política exterior de la Corona castellana desde comienzos del siglo XVI es el heredero directo de toda esta experiencia.

 

COMO CITAR ESTE ARTIGO

Referência electrónica:

TRIANO MILÁN, José Manuel – “El reino de Sevilla y la fiscalidad extraordinaria en la Corona de Castilla. Del pedido regio a las contribuciones de la Santa Hermandad (1406-1498). Tese de Doutoramento em História apresentada à Universidade de Málaga (Espanha), Julho de 2016. Orientação do Professor Doutor Ángel Galán Sánchez”. Medievalista [Em linha]. Nº 23 (Janeiro – Junho 2018). [Consultado dd.mm.aaaa]. Disponível em http://www2.fcsh.unl.pt/iem/medievalista/MEDIEVALISTA23/milan2316.html

 

Data recepção do artigo: 26 de Julho de 2017

 

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