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Ex aequo

Print version ISSN 0874-5560

Ex aequo  no.40 Lisboa Dec. 2019

https://doi.org/10.22355/exaequo.2019.40.09 

ESTUDOS E ENSAIOS

 

Necropolítica, políticas públicas interseccionales y ciudadanía trans*

Necropolítica, políticas públicas interseccionais e cidadania trans*

Necropolitics, intersectional public policies and trans* citizenship

 

Claudia Lazcano Vázquez*, Maria Juracy Filgueiras Toneli**, João Manuel de Oliveira***

* Programa de Posgraduación Interdisciplinar en Ciencias Humanas (PPGICH), Centro de Filosofía y Ciencias Humanas (CFH), Universidad Federal de Santa Catarina (UFSC), Florianópolis, Brasil.

** Departamento de Psicología, Centro de Filosofía y Ciencias Humanas (CFH), Universidad Federal de Santa Catarina (UFSC), Florianópolis, Brasil.

*** Departamento de Psicología, Centro de Filosofía y Ciencias Humanas (CFH), Universidad Federal de Santa Catarina (UFSC), Florianópolis, Brasil/Centro de Investigación e Intervención Social del ISCTE-Instituto Universitario de Lisboa.

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RESUMEN

En el artículo se argumenta la necesidad de considerar la perspectiva interseccional en la formulación e implementación de las políticas sociales que, en Brasil, pretenden garantizar la ciudadanía a las personas trans*. Para ello, se analizan las crecientes cifras de asesinatos de personas trans* en el país, y la LGBTfobia estructural y negligencia del Estado para su enfrentamiento, a partir de los conceptos de necropolítica de Achille Mbembe y de necrobiopoder de Berenice Bento. Posteriormente, se recurre a la noción de hyphenation (unir con guión), como recurso teórico y metodológico para la articulación de saberes entre el campo de las políticas públicas y la interseccionalidad, estrategia que pretende generar espacios favorables para el ejercicio de la trans-ciudadanía.

Palabras claves: Necropolíticas, políticas públicas, interseccionalidad, trans-ciudadanía.

 

RESUMO

No artigo se argumenta a necessidade de considerar a perspectiva interseccional na formulação e implementação das políticas sociais que, no Brasil, buscam garantir a cidadania às pessoas trans*. Para isto, analisam-se as ascendentes cifras de assassinatos de pessoas trans* no país, e a LGBTfobia estrutural e a negligência do Estado para seu enfrentamento, a partir dos conceitos de necropolítica de Achille Mbembe e de necrobiopoder de Berenice Bento. Posteriormente, se recorre à noção de hyphenation (hifenização) como recurso teórico-metodológico para a articulação de saberes entre o campo das políticas públicas e a interseccionalidade, estratégia que visa gerar espaços favoráveis para a trans-cidadania.

Palavras-chave: Necropolíticas, políticas públicas, interseccionalidade, trans-cidadania.

 

ABSTRACT

The article argues the need to consider the intersectional perspective in the formulation and implementation of social policies that, in Brazil, seek to guarantee citizenship to trans* people. For this, the ascending figures of assassinations of trans* people in the country and the structural LGBTphobia and negligence of the state for their confrontation are analyzed, based on the necropolitic concepts of Achille Mbembe and the necrobiopower of Berenice Bento. Subsequently, the notion of hyphenation is used, as a theoretical and methodological resource for the articulation of knowledge between the field of public policies and intersectionality, a strategy that seeks to generate spaces favorable to trans-citizenship.

Keywords: Necropolitic, public policies, intersectionality, trans-citizenship.

 


 

Introducción

Organizaciones sociales en defensa de los derechos LGBT, como la Associação Nacional de Travestis e Transexuais (ANTRA) y la organización no gubernamental europea Transgender Europe (TGEU 2017), revelan que Brasil es el país líder en el ranking mundial de asesinatos de personas trans*, reportándose en su territorio el 41% de estos hechos a nivel internacional (Benevides y Nogueira 2019).

De acuerdo con las informaciones recopiladas por estas y otras organizaciones, en la última década, el año 2017 fue registrado como el de mayor cantidad de asesinatos, registrándose un total de 179 casos. De acuerdo con esa cifra, en ese año en Brasil, fue asesinada una persona trans* cada 48 horas, siendo el 94% de los casos de mujeres trans y travestis (Benevides y Nogueira 2019).

Entre las problematizaciones más frecuentes que esos datos suscitan, la ANTRA resalta no sólo las relativas al grado de violencia a que están expuestas las personas trans*, sino el tratamiento discriminatorio que reciben inclusive después de muertas. En ese sentido, Benevides y Nogueira (2019) analizan, por ejemplo, que, aunque los registros del año 2018 parezcan mostrar una disminución de los asesinatos en Brasil, siendo reportadas un total de 163 muertes (158 mujeres trans y travestis, 4 hombres trans y 1 persona no binaria). En ese mismo año se constató también el aumento de la invisibilidad de sus muertes, reportándose un aumento del 30% en la subnotificación de los casos a través de los medios de comunicación.

Esta situación es denunciada por las autoras como un ocultamiento/invisibilidad de la muerte trans*, que además compromete el seguimiento y registro de esas muertes, ya que organizaciones como la ANTRA y la TGEU utilizan dichos reportes como su fuente principal. El propio interés de estas organizaciones por contabilizar, producir y divulgar información sobre la muerte de las personas trans* responde a la ausencia de estimativas oficiales y los mecanismos de invisibilización e transfóbicos que caracterizan su registro por esta vía, pues por regla general las víctimas son registradas con su nombre civil y el sexo de nacimiento.

De acuerdo con el perfil de las víctimas realizado por la ANTRA (Benevides 2018; Benevides y Nogueira 2019) y el Núcleo de Derechos Humanos y Ciudadanía LGBT (Souza 2015) sobre las personas trans* asesinadas, es posible constatar información relevante sobre ellas como sujetos interseccionales. Estos estudios, además de ilustrar la prevalencia de los asesinatos en travestis y mujeres trans, muestran que, de las muertes registradas en 2018, el 82% fue de personas negras y mestizas (pardas, según la clasificación de la ANTRA), con un aumento del 54% de los homicidios de mujeres negras frente a un decrecimiento de un 9,8% en las blancas. Dichos informes evidencian que el 60,5% de las víctimas tenía entre 17 y 29 años, con una edad promedio de muerte de 26,4 años; lo que refleja una caída de 1,3 años con relación al 2017 y revela que mientras más jóvenes, más susceptibles a la violencia y la muerte.

Los reportes revelan también que el 65% de las personas asesinadas eran trabajadoras sexuales y el 60% de los hechos ocurrió en las calles, seguido de un 7% en moteles y otro 7% en la residencia de las víctimas; aumentando la violencia durante el período nocturno y la madrugada. En el 83% de las muertes se tuvo reportes de crueldad, tortura y «espectacularización» del suplicio de las víctimas, indicando el ritual social de «castigo» que acompaña esos asesinatos. Ya con relación a las tentativas de homicidios registradas, se estima que el 45% de las ocurridas en el 2018 fueron motivadas por la transfobia, seguido de un 24% por un desacuerdo comercial, y un 10% por motivos políticos – registro inédito recopilado en ese año, vinculado al período electoral (Benevides 2018; Benevides y Nogueira 2019).

Los registros muestran igualmente que cerca del 72% de las personas trans* no concluyó la enseñanza media y el 56% no terminó la enseñanza fundamental, mientras que apenas un 0,02% está en la universidad. También permiten constatar que son las travestis y transexuales negras y mestizas las que poseen menor escolaridad, menor acceso al mercado formal de trabajo y a las políticas públicas. También muestran que la edad promedio en que son expulsadas de sus casas es de 13 años, que el 90% de las mujeres trans* utiliza la prostitución como fuente de empleo, y que el 85,7% de los hombres trans* ha pensado en el suicidio, o intentó cometerlo (Souza 2015; Benevides y Nogueira 2019).

Aun en medio de la situación descrita, los asesinatos de personas trans* son admitidos apenas como homicidios, y en pocas ocasiones como crímenes de odio o feminicidios. De acuerdo con la Ley 13.104 de 2015 – que alteró el código penal criminalizando el Feminicidio en Brasil –, tal tipificación se aplica sólo cuando la víctima es portadora de un registro oficial donde consta que es del «sexo femenino ». La noción de mujer con que la política opera, asentada en criterios cisnormativos (Vergueiro 2015), acaba desplazando la muerte de las mujeres trans y las travestis del lugar de asesinatos por cuestiones de género, aun cuando implican tramas y acciones sistemáticas e intencionales dirigidas a la eliminación de las personas trans*, basado en cuyos argumentos, Bento (2017) los cataloga como trans-feminicidios.

Ya en el caso de la Ley Maria da Penha,1 Benevides y Nogueira (2019) problematizan el hecho de que, hasta la actualidad, apenas seis estados brasileños la apliquen acogiendo también las travestis y transexuales (Acre, Pará, Piauí, Pernambuco, Rio de Janeiro y São Paulo), y lo hagan aún de forma incipiente dada la falta de preparación de las instancias especializadas de atendimiento a la mujer para asumir y procesar los casos de violencia contra personas trans*. Las autoras consideran que la imposibilidad de encuadrar la transfobia como motivo presunto en los Registros del delito, así como la ausencia de datos oficiales sobre los asesinatos, constituye una negligencia del Estado y confirma la transfobia institucional y la falta de reconocimiento trans-ciudadano. Lo que es reforzado por otras informaciones, como la que en apenas el 9% de los casos se apresaron a los sospechosos.

Los datos presentados, además de ilustrar las diversidad de situaciones que aumentan el riesgo de asesinato de las personas trans*, muestran un contexto social y político de inoperancia, caracterizado por la emergencia de formas de gobernabilidad que emplean mecanismos dirigidos al cuidado de la vida, donde solo algunas de estas vidas, «dignas de luto», poseen valor y merecen protección, mientras que otras conforman apenas el espacio de los seres abyectos, de «aquellos que no son «sujetos» pero que forman el exterior constitutivo del campo de los sujetos» (Butler 2002, 19). Se trata de espacios de abyección que, según analiza la autora, designan zonas inhabitables de la vida social que sin embargo están densamente pobladas. Frente a la necesidad de su problematización, de los rituales y mecanismos empleados para la «eliminación» de esas poblaciones cuyas vidas no son preservadas por el Estado de derecho, dialogamos con la noción de necropolítica de Achille Mbembe (2011) y de necrobiopoder de Berenice Bento (2018), intentando generar campos de visibilidad en torno a las fuerzas que pautan esas «zonas de inhabitabilidad» e «ininteligibilidad» (Butler 2002).

Entender determinadas formas de conducir las políticas de Estado en Brasil como formas del necrobiopoder nos permite, además de problematizar la relación Estado-Ciudadanía, realizar un análisis orientado a la emergencia de nuevas formas de sumisión y de dominación, a la cual son expuestas las personas trans* dentro del locus postcolonial. Este concepto es definido por Elisabeth Falomir (2011, 13) en la introducción al texto de Mbembe, como «un lugar en el que un poder difuso y no siempre exclusivamente estatal, inserta la ¨economía de la muerte¨ en sus relaciones de producción y poder».

Al operar con las nociones de necropolítica y necrobiopoder, resulta posible tensionar las estrategias de legitimación de la muerte trans*, visibilizando cómo en el contexto brasileño ocurre a través de su deslegitimación. En este sentido, deslegitimar esas muertes traduce algo más que «dejar de lado» o «no dar importancia ». Entendemos que «no hacer nada» es una forma de hacer, y que «deslegitimar » implica una forma de desresponsabilización del Estado ante la preservación de ciertas vidas, lo que lo coloca como co-responsable de esas muertes.

Tomando como punto de partida estos presupuestos, dialogamos posteriormente con propuestas alternativas en el campo de las políticas públicas a partir de la incorporación de la perspectiva interseccional. La propuesta busca afianzar los mecanismos de los Estados nación para garantizar derechos ciudadanos, y crear un marco de reconocimiento de las disidencias sexuales y de género. Consideramos la lógica analítica emprendida como una estrategia política y de problematización teórico-metodológica que lleva a pensar las políticas públicas interseccionales como forma de enfrentamiento y resistencia a las necropolíticas. Es una alternativa que consideramos pertinente – si bien no es la única – para garantizar el derecho a la vida y ejercicio ciudadano de las personas trans*.

 

Necropolítica, necrobiopolítica y trans* existencias en Brasil

De acuerdo con Mbembe (2011, 20), «la soberanía consiste en ejercer un control sobre la mortalidad y definir la vida como el despliegue y la manifestación del poder», de modo que su expresión última «reside ampliamente en el poder y la capacidad de decidir quién puede vivir y quién debe morir» (2011, 19). En ese escenario, el autor, a través del concepto de necropolítica, realiza una relectura de la noción de biopoder de Foucault en el contexto postcolonial, y delimita el tipo de política que hace «el trabajo de la muerte en la producción de un mundo en que se acaba con el límite de la muerte» (Mbembe 2012, 136). El concepto resulta así una herramienta valiosa para explicar los regímenes de distribución desigual de la muerte a que están sometidas las personas trans*.

Para su argumentación, Mbembe dialoga con los conceptos de estado de excepción y estado de sitio,2 afirmando que, en ciertas situaciones, «el poder (que no es necesariamente un poder estatal) hace referencia continua e invoca la excepción, la urgencia y una noción «ficticia» del enemigo» (Mbembe 2011, 21), además de trabajar para producir esas mismas condiciones. La necropolítica va a describir así tres dimensiones en estrecha relación. La primera, aquellos contextos en los cuales lo que pudiera entenderse como estado de excepción se vuelve normal o, por lo menos, deja de ser excepción. La segunda, aquellas figuras de la soberanía cuyo proyecto principal gira en torno a la instrumentalización de la existencia humana y de la destrucción material de los cuerpos y poblaciones juzgadas como desechables. En tercer lugar, aquellas figuras de la soberanía, en las que el poder o el gobierno apelan constantemente a la emergencia y a una noción ficticia o fantasmática del enemigo (Mbembe 2011, 2012).

Como parte de las necropolíticas, se accionan tecnologías y rituales de eliminación del otro «abyecto» que van cambiando a lo largo de la historia, y poseen un importante recorte de clase, género, raza, entre otros. Las tecnologías que se ponen en acción y los mecanismos empleados en la actualidad – aun con puntos en común – también son dependientes de la «categoría de personas» de que se trate (indígenas, negros, pobres, trans*); así como de los espacios sociales en que la muerte se gestiona (aldeas, cárceles, favelas, calles, espacios de prostitución); y inclusive del contexto particular y geopolítico del que se trate.

Si bien en algunos países la homosexualidad, la transexualidad o cualquier otra forma de disidencia sexual y de género es aún criminalizadas, en otros, como Brasil, no serlo no impide que aparezcan mecanismos que legitimen la eliminación física de estas personas, a través de la deslegitimación del valor de sus vidas. Al respecto de lo cual Butler (2015) ayuda a pensar cuando alerta sobre la paradoja de la protección ciudadana en los Estados nación y afirma la imposibilidad de presumir de la universalidad del valor de la vida. De modo que, aun cuando reconocer la precariedad constitutiva de la vida – dada por la dependencia de las redes y condiciones sociales – constituya la justificativa para ofrecer protección y cuidado, su reconocimiento, y con él la percepción de la fragilidad de la vida humana, es un privilegio exclusivo de aquellas poblaciones consideradas dignas del luto. Así, para que una vida sea considerada digna de cuidado y de protección, debe primero ser encuadrada como tal, adquiriendo, posteriormente, el estatus de vida vivible (Butler 2015).

Relativo a esa idea de protección ciudadana, se identifica aún otra paradoja, que cuestiona la posibilidad de designar el Estado nación como lugar de protección. Depender del Estado nación para la protección contra la violencia significa cambiar una violencia potencial por otra, ya que, a través de herramientas de acción y control como las políticas públicas, se legitima también la desigual distribución del luto (Butler 2015). Las políticas sociales emergen así como un importante campo de lucha. Su desmantelamiento, así como la precarización de su funcionamiento, contribuye negativamente a los fines de la promoción de la trans-ciudadanía. Al mismo tiempo, todo ello instituye el campo de las políticas públicas como un espacio de disputa por la inteligibilidad social y contra las condiciones de precariedad políticamente inducidas.

La trans-ciudadanía, dependiente de ese ámbito de disputa de derechos, es un término que proviene de las teorizaciones sobre ciudadanía sexual, traduciendo las posibilidades y obstáculos que tienen las personas trans* de habitar la esfera pública – tradicionalmente cisnormativa y heterosexualizada –, además de favorecer la reflexión crítica sobre los efectos de determinadas legislaciones sobre las personas trans* (Jesús 2014; Bento 2014; Vergueiro 2015). Desde esta perspectiva, trans-ciudadanía implica formas de participación contrahegemónicas y derecho a decidir sobre sí. Esas formas de participación deben, simultáneamente, reconocer la dependencia de las personas trans* de los vínculos sociales (como todos los seres humanos y en su especificidad); al tiempo que deben descorrerlas de la posición de objeto de los intereses y decisiones de los «otros» (personas, disciplinas). En ese sentido, resulta importante reflexionar sobre las restricciones conceptuales y políticas de algunos de los instrumentos de garantía de derechos, como las políticas públicas, que, al promover formas de participación limitadas, preestablecidas y jerarquizadas, acaban instaurando (o reforzando) una matriz de privilegios en vez de combatirla.

A través de estas problematizaciones, aflora igualmente la necesidad de pensar una noción de población no homogénea, pues mientras algunas vidas son preservadas, otras son sometidas a lógicas de «extinción» y no de cuidado. Lo cual ofrece pistas para pensar en la interseccionalidad como una perspectiva necesaria para la comprensión y enfrentamiento a las necropolíticas. Operar analíticamente con la ella permite explicar las formas en que la violencia puede ser ejercida en la época neoliberal, contexto en el cual, con frecuencia, son desmanteladas las políticas de promoción-protección de ciertas vidas que aun estando dentro de las llamadas «sociedades del bienestar», ocupan apenas sus márgenes. Esta situación lleva a Falomir (2011, 15) a pensar la necropolítica «como una suerte de contrabiopoder, ligado al concepto de necrocapitalismo» 2011, 15).

No obstante, Berenice Bento (2018), al observar la expresión simultánea y concomitante de las estrategias de distribución de la vida y la muerte en contextos como Brasil, apela al uso del término necrobiopoder para interpretar un conjunto de técnicas de gobernabilidad caracterizadas por el uso simultáneo de recursos de promoción de la vida y de la muerte. Dichas técnicas se asocian al uso de atributos que: (1) califican y (2) distribuyen los cuerpos en jerarquías, de acuerdo con la posibilidad o no de su reconocimiento como humanos. De esa forma, la autora denuncia la unificación de las políticas de cuidado de la vida y los actos continuos del Estado contra las poblaciones que deben desaparecer; favoreciendo la problematización de los modos en que se entrelazan nociones como violencia y derechos.

A partir de lo expuesto, las trans-necropolíticas en el contexto brasileño pueden ser pensadas como formas del necrobiopoder, al tratarse de un Estado nación donde, aun cuando existen políticas públicas que pretenden garantizar derechos y accesos «universales» a sus ciudadanos/as, bajo ciertas condiciones de formulación, implementación y/o conceptuales, se convierten en precursoras de condiciones precarias. Las cuales hacen referencia, de acuerdo con Butler (2015), al conjunto de condiciones que se distinguen por ser políticamente inducidas, y refuerzan la vulnerabilidad de las personas trans* al reproducir un «estado de derechos» selectivo, demarcado por encuadramientos normativos que, como parte de un mismo proceso, delimitan vidas vivibles y desechables.

La noción de necrobiopolítica configura así un espacio para entender la biopolítica y la necropolítica como operaciones concomitantes, que apuntan a los efectos de la ley sobre determinados sujetos y grupos. Como parte de ese marco interpretativo, un análisis propositivo y minucioso de algunas de las políticas públicas dirigidas a la garantía de los derechos de las personas trans* permite visualizar su constitución como mecanismos tropológicos (Butler 2001).

Un ejemplo de lo anterior en el campo de la salud puede ser la política que norma el Proceso Transexualizador en el Sistema Único de Salud (SUS/Brasil), aunque no es el único posible. Las condiciones precarias de su instauración y funcionamiento, las concepciones en que se fundamenta (de sujeto, de derechos, de cuidado, de asistencia específica trans* en salud y otros), junto a los (c)istemas3 médicos en que se basa, acaban reproduciendo la vulnerabilidad por medio de los mismos mecanismos a través de los que busca mitigar sus efectos (Arán, Murta y Lionço 2009; Teixeira 2017; Deotti 2018; Lazcano 2019). Dichas condiciones contribuyen a reforzar las situaciones de vulnerabilidad y desprotección a través de la propia política, y en espacios institucionales como hospitales y ambulatorios, impidiendo el amplio acceso de las personas trans* a una asistencia que responda a sus demandas (más amplias que el motivo concreto de la una consulta). Finalmente, la falta de asistencia médica adecuada en la práctica de procedimientos de modificación corporal, de conjunto con las complicaciones derivadas del VIH y la exposición a la violencia letal, emergen como ejes determinantes de la expectativa de vida de las personas trans*, que ronda los 30-35 años (Antunes 2010).

Dicho análisis permite visualizar la manera en que la negligencia estructural emerge como una forma de gestión de la muerte social, que precede e induce a la física. En ese contexto analítico, es cuestionable el carácter de «fachada» (Bento 2017) de ciertas políticas públicas, una de las estrategias de que se vale el necrobiopoder para operar en el campo trans*.

Al respecto, Bento (2017) analiza los complejos vínculos históricos entre políticas públicas, Estado y derechos sexuales en Brasil, caracterizados por un deficiente vínculo-compromiso de los aparatos estatales con los movimientos LGBT, y por la existencia de un aparato normativo de efectos simbólicos, cuyas leyes no alteran sustancialmente el orden discriminatorio. Esta situación lleva a la autora a considerar que el pinkwashing4 brasileño «es hecho con las letras de la ley» (Bento 2017, 53), y fundamenta por qué el proceso de precarización de las existencias trans* se mantiene prácticamente invariable antes y después de la creación de políticas públicas.

En ese proceso de legitimación de la muerte trans* a través de su deslegitimación, emerge la invisibilización de la muerte de las personas trans* como otra de las estrategias del necrobiopoder. Ella se verifica en el hecho de que sean ignorados reiteradamente los resultados de investigaciones, las denuncias realizadas por instituciones en defensa de los derechos LGBT y sus propuestas para un tratamiento prioritario. Por el contrario, se prohíbe la discusión de género y sexualidad a través de los currículos escolares, y no se promueven las campañas de educación y prevención contra la violencia. En el caso de las Comisarías de la Mujer, no se estandariza la atención ni se tipifican como feminicidios las muertes de las travestis y mujeres trans, tampoco se garantiza en el registro de las ocurrencias el uso del nombre social, la demarcación de la identidad de género de las víctimas, ni la motivación para esos crímenes, de manera que el ocultamiento de las trans* existencias persiste incluso después de sus muertes. Como consecuencia, se refuerza la dificultad para ofrecer datos que reflejen la proporción que representan esas muertes del total de la población trans*, en vista de que no existe información al respecto en el país, más allá de los estimados realizados por organizaciones como la ANTRA y el Observatorio de la Violencia del Instituto Brasileiro Trans de Educacíón (Benevides y Nogueira 2019).

Entender la situación descrita como un mecanismo necropolítico permite reflexionar sobre la «aparente» contradicción que emerge de la inoperancia del Estado ante el enfrentamiento a esa situación. En el sentido descrito, la contradicción es apenas aparente, pues se trata justamente del efecto de las lógicas necropolíticas.

Como parte de los mecanismos empleados, se recurre también a la culpabilización del propio sujeto trans*, cuando se les responsabiliza – y revictimiza – por su muerte, alegándose estar asociadas a lo que consideran sus (malas) decisiones en la vida. Ese argumento se usa con frecuencia por parte de los órganos estatales, como «justificación» de las muertes y de la violencia ejercida sobre esos cuerpos en medio de un proceso simultáneo de desresponsabilización del Estado. Los medios de comunicación refuerzan este efecto al hacer «asociaciones incoherentes y ficticias con el uso de drogas u otras actividades ilegales, en escritos llenos de prejuicios e ignorancia, que refuerzan y perpetúan los estigmas contra las personas trans» (Benevides y Nogueira 2019, 12), contribuyendo además a su cosificación.

Como parte de las trans-necropolíticas, es posible constatar aún la existencia del mecanismo descrito por Mbembe como «dinámica de la fragmentación territorial » (2011, 47), que se concreta en una estrategia de segregación. Las informaciones sistematizadas por la ANTRA muestran cómo la violencia (estructural, psicologica, física) y la LGBTfobia institucional a que son expuestas las personas trans* en instituciones de salud, educación y otras se revierten en una imposibilidad de circulación/movilidad espacial, de apropiación de la ciudad y sus instalaciones/ instituciones. La estrategia de segregación descrita, al tiempo que afirma la prostitución, la calle (aquella donde la prostitución es «permitida») y la noche como «sus espacios», las instituye simultáneamente como ámbitos para la subsistencia, lugar de trabajo, y de muerte. Una vez más, los significantes «vida» y «muerte» se entrelazan como si una no existiera sin la otra.

De esta forma, la «muerte trans*» es raramente un hecho natural, ella emerge como una situación social y una entidad particular, un significante que alcanza los cuerpos trans* y les revictimiza, generando un temor que atraviesa sus existencias y está presente cotidianamente en sus vidas. Una entidad que cobra vida propia y aflora en sus relatos de vida bajo la racionalidad que estipula que, para ellas: «no hay vida sin peligro de muerte». La muerte trans* se presenta así como una resultante de las prácticas de violencia material y simbólica que atraviesan las estructuras socioculturales y económicas, alcanzando los cuerpos que encarnan la transgresión.

En ese contexto, la feminidad del cuerpo con pene, la masculinidad del cuerpo con vagina, o la «ambigüedad» en cualquiera de sus formas, es leída como «aberración», recurriendo a un proceso de producción de sentidos que atribuye las personas trans* el significado de «enemigo» de la moral, de las «buenas costumbres », del «ciudadano/a de bien» y de la familia tradicional como institución; lo que legitima su exterminio como una forma de higienización social marcada por la cisnormatividad, que ratifica la ininteligibilidad de esos cuerpos abyectos. No obstante, esa forma de higienización social asociada a las trans-necropolíticas, como afirman las informaciones sistematizadas sobre las personas trans* asesinadas, se fundamenta en argumentos discriminatorios diversos, mostrando que son las particulares intersecciones entre pobreza, género, edad, ocupación, lugares de movilidad, e inclusive filiación política, las que generan los mayores niveles de vulnerabilidad y se transforman en condiciones de existencia potencialmente letales.

Este análisis, además de problematizar las estrategias necrobiopolíticas en el contexto brasileño, refleja las particularidades de la relación entre Estado y trans-ciudadanía, y muestra la condición de vulnerabilidad políticamente inducida a que son sometidas las personas trans*. Una vulnerabilidad que se articula a diversas situaciones de exclusión social, relacionadas a la LGBTfobia que permea las estructuras y mecanismos de gobernabilidad, de denuncia y enfrentamiento a la discriminación, así como a las insuficiencias de las políticas públicas o su ausencia.

Surge, en este sentido, la necesidad de situar en diálogo el campo de las políticas públicas y la perspectiva interseccional como recurso para pensar sobre los sujetos excluidos y las condiciones que refuerzan su vulnerabilización. Una demanda que emerge también de los escasos lazos construidos entre ambos campos, pues como afirman Platero (2012a, 2012b) y Bustelo (2009), la tendencia ha sido a crear políticas públicas «monofocales» al aislar los organizadores sociales (Platero 2012a). Con lo cual denuncian cómo las fuentes constitutivas de la desigualdad que se relacionan no sólo al género, las clases sociales, razas/etnias, nacionalidades, orientaciones sexuales, sino también al propio Estado y los contextos neoliberales han sido desconsideradas en sus interconexiones.

 

Políticas públicas y Perspectiva Interseccional en diálogo

El encuentro de saberes entre políticas públicas e interseccionalidad aflora así como una demanda teórico-metodológica y ética, frente a la cual recurrimos a la hyphenation (Oliveira 2014a) como recurso para su articulación. El término deriva de la palabra inglesa hyphen (guion) y sugiere la posibilidad de «unir con guión», o sea, producir formas híbridas de conocimiento a través de un modo de pensamiento en coalición que atienda a la complejidad de las cuestiones traídas al diálogo (Oliveira 2014a). Al proponer una relación de hyphenation entre el campo de las políticas públicas y la perspectiva interseccional, intentamos reformular las bases para el abordaje del enmarañado de formas de opresión que enfrentan las personas trans*, y confrontar las insuficiencias de las políticas sociales para promover su ejercicio ciudadano. Vale la pena destacar que, mientras la interseccionalidad se relaciona más con identificaciones y posiciones sociales que se articulan para producir sistemas particulares de opresión y privilegio, la hyphenation implica articulaciones al nivel de las teorías o cuerpos de conocimiento (Oliveira 2014a).

Entendemos la interseccionalidad como un enmarañado de formas de opresión que, además de contribuir a desestabilizar la «apariencia monolítica» de las identidades trans* en el contexto de las propias políticas, permite entender la forma en que se cargan y movilizan los ejes de diferenciación y las relaciones de poder, y en que se delimitan las posiciones de privilegio y subordinación. Esta perspectiva supone una forma de resistencia a la anatomía del detalle, y a las estrategias que insisten apenas en «sumar» las formas de discriminación que enfrenta una persona (Platero 2012a).

La perspectiva interseccional se instituye, así, como una herramienta —teórica y metodológica – que ayuda a interrogar la política pública y visibilizar las racionalidades que sostienen su formulación e implementación. Este ejercicio reflexivo-crítico supone que se cuestione por qué determinadas políticas no han traído los cambios esperados y convoca al análisis no sólo de las políticas, sino también de los contextos en que se crean y aplican, problematizando otras instancias y relaciones en que la discriminación se produce y reproduce. Supone la elucidación de cuáles son las poblaciones que dichas políticas pretenden acoger, cuáles los derechos que les garantizan y cómo lo hacen. Implica atender al mismo tiempo quiénes son los sujetos que acaban corporificando esos derechos, quiénes los que administran e implementan las políticas, y cómo lo hacen, focalizando los efectos (individuales y sociales) que induce en las personas a las que va dirigida. Supone así desentrañar las matrices de opresión-privilegio que sustentan las propias políticas, desafiando las ideas hegemónicas y universalizantes de género, raza, clase, así como de sujeto trans* u otras. Además de reivindicar lo plural, esos saberes híbridos favorecen la problematización del ámbito de la administración de la ley (su aplicación y gestión), como un lugar de reproducción del sexismo, el racismo, la transfobia; y como locus de las estrategias neoliberales de gobierno que llevan a la (des)implementación de las políticas públicas, a través de mecanismos económicos, políticos y sociales.

Retornando el ejemplo de la política que establece el Proceso Transexualizador en el SUS, puede apreciarse cómo, en ausencia del diálogo con la perspectiva interseccional, la política contribuye a homogeneizar y obstruir los accesos. El proceso de homogenización induce a la simplificación (1) de las trans* existencias, a partir de la (re)producción de una «verdad», vía diagnóstico, construida por los saberes-poderes disciplinares biomédicos; (2) de las formas de asistencia pautadas, al desconsiderar que no todas estas personas se interesan por los mismos procedimientos de transformación corporal, ni colocan la meta en la cirugía de transgenitalización; y (3) de la multiplicidad de demandas que las personas usuarias llevan al encuentro con esos servicios.

Flavia Texeira (2017), al analizar minuciosamente la normativa, muestra que al universalizarse la idea de «corrección de la ambigüedad», los procedimientos autorizados funcionan obstruyendo el acceso para algunas personas, e impidiendo que otros procedimientos y cuerpos sean autorizados y acogidos por la política. Como consecuencia, para las personas no binarias, la política no ofrece cobertura de asistencia, al invisibilizarlas en el contexto de los protocolos autorizados, los mecanismos de acceso establecidos, y a partir de las lógicas de cuidado emprendidas (Lazcano 2019).

De esta forma, la incapacidad para pensar las transexualidades como un espacio identitario y político habitado por una inmensa diversidad de personas (racializadas, empobrecidas, vulnerabilizadas por diversas situaciones y con demandas múltiples) convierte la política en un espacio prescriptivo, de normalización y no de reconocimiento de la diferencia como una forma de garantía de la trans-cuidadanía. La relación de hyphenation permite entender (y resignificar) también que un vínculo que emerge en complicidad con varias formas de opresión otorga privilegios y no derechos.

En ese contexto, las políticas públicas interseccionales, además de constituirse como una propuesta de «campo de fuga» (Oliveira 2014b, 74) de la representación hegemónica del «sujeto de las márgenes» que las políticas públicas por la igualdad tradicionalmente representan, actúan a favor de un enfoque centrado políticamente en revertir la inoperancia estructural y gubernamental a través de acciones enfocadas en el enfrentamiento de las fuentes de la desigualdad. La relación de hyphenation entre políticas públicas y perspectiva interseccional resulta, de este modo, en una alianza política que, además de contribuir a la generación de espacios alternativos de representación fuera de los flujos hegemónicos, permite problematizar el campo de los Derechos y su relación con el Estado.

 

Consideraciones finales

La reflexión realizada muestra cómo las lógicas políticas, sociales y económicas a través de la que se opera la gestión de la vida y la muerte se articulan frecuentemente y actúan de manera simultánea. En ese sentido, los conceptos de necropolítica y necrobiopoder, de Achille Mbembe y Berenice Bento, respectivamente, permiten identificar los efectos desiguales y discriminatorios de la ley, fundamentalmente cuando desconsideran las particulares formas de opresión y/o privilegios que cargan los cuerpos trans*.

Es de esta forma que, en el caso de Brasil, las trans-necrobiopolíticas se distinguen por operar a través de un conjunto de estrategias caracterizadas por un proceso de transfobia institucional y de indiferencia gubernamental frente a la muerte de las personas trans* que actúa afirmando, justamente, su legitimación por parte del Estado. Frente a esa realidad, apostamos por una repolitización de las políticas trans* y recurrimos a la hyphenation, como un modo de pensamiento en coalición, que coloca en diálogo la perspectiva interseccional con el ámbito de las políticas públicas para repensar la relación entre Estado, Derechos y Trans-Ciudadanía.

Centrarnos en un campo de discusión que visibiliza cómo actúan el poder y los sistemas de significación y control (transfóbicos, racistas, homofóbicos, coloniales) a través de las propias políticas creadas para proteger las personas trans* de sus efectos resulta favorable a los fines de problematizar las diversas intersecciones constitutivas del proceso de precarización de las trans* existencias. Dicha discusión potencializa el enfrentamiento de la condición precaria que se traduce en violencia letal contra las personas trans* e induce al cuestionamiento de los complejos contextos actuales de desigual distribución de bienes, servicios, posibilidades de acceso y participación, donde la democracia resulta cada vez más abstracta y impalpable.

 

 

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Dirección postal

*Claudia Lazcano Vázquez

Dirección postal: Centro de Filosofia e Ciências Humanas, Campus Universitário – Trindade, CEP 88.040-970 – Florianópolis, Santa Catarina – Brasil.
Correo electrónico: claudiapsicocuba@gmail.com
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-6805-7984

Investigadora en posdoctorado en el Programa de Posgraduación Interdisciplinar en Ciencias Humanas de la Universidad Federal de Santa Catarina (PPGICH/UFSC), Florianópolis, Brasil. Doctora en Psicología por la UFSC (Brasil) y Máster en Estudios de Género por la Universidad de La Habana (Cuba). Investigadora en el área de los estudios de género y feministas, con énfasis en políticas públicas, procesos de subjetivación y salud.

 

**Maria Juracy Filgueiras Toneli

Dirección postal: Centro de Filosofia e Ciências Humanas, Campus Universitário – Trindade, CEP 88.040-970 – Florianópolis, Santa Catarina – Brasil.
Correo electrónico: juracy.toneli@gmail.com
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-9311-5020

Profesora del Programa de Posgraduación en Psicología, Universidad Federal de Santa Catarina (UFSC), Florianópolis, Brasil. Investigadora en el área de la Psicología Social, con énfasis en los temas de género y feminismos, masculinidades, salud sexual y reproductiva, diversidad y derechos sexuales, violencia de género, travestilidades.

 

***João Manuel de Oliveira

Dirección postal: Centro de Filosofia e Ciências Humanas, Campus Universitário – Trindade, CEP 88.040-970 – Florianópolis, Santa Catarina – Brasil.
Correo electrónico: joao.m.oliveira@gmail.com
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-2793-2946

Profesor Visitante Asociado en la Universidad Federal de Santa Catarina (UFSC), Florianópolis, Brasil. Trabaja en el campo de Estudios de Género, Estudios Críticos de Sexualidad, Teoría Feminista y Teoría Queer. Doctor en Psicología Social. Investigador del Centro de Investigación e Intervención Social del Instituto Universitario de Lisboa, Portugal.

 

 

Artigo recebido em 13 de abril e aceite para publicação em 29 de outubro de 2019.

 

 

Notas

1 La Ley n.º 11.340/2006, conocida como Ley Maria da Penha, entró en vigor en 2006. Esta ley procura combatir todas las formas de violencia doméstica contra la mujer (por razones de género). La normativa garantiza, además, la protección de las víctimas (y sus dependientes) a través de medidas protectoras. Todos los crímenes que se encuadren dentro de esta ley son procesados por los Juzgados Especializados de Violencia Doméstica contra la Mujer, creados a partir de dicha legislación.

2 Al referir estos términos, el autor cita a Carl Schmitt en «La dictadura», Alianza Editorial, 1995, y «El concepto de lo político», Alianza Editorial, 2009.

3 Utilizamos esa grafía, como lo hace Vergueiro (2015), como un recurso del lenguaje escrito para visibilizar y confrontar los sistemas binarios que reproducen la cisgeneridad como normatividad. De esta forma, se constituyen como (c)istemas, aquellos sistemas cis-centrados, por medio de los cuales el género no es pensado también como transgénero, contribuyendo para su patologización y/o criminalización (Oliveira 2018).

4 Del inglés pink (rosado) y washing (lavado), puede ser leído como lavado rosa o pintar de rosa. El término ha sido acuñado para establecer críticas a la política israelita que pretende publicitarse como símbolo de modernidad y democracia, un país comprometido con los ideales de libertad para todos, incluidas personas gay y lesbianas. No obstante, como ha sido denunciado por los círculos activistas LGBT, el pinkwashing israelí resulta un método que reitera los términos de la ocupación israelita a Palestina y tiene diversos efectos: niega la opresión homofóbica a los LGBT israelitas, recluta personas LGBT de otros países creando un estado de opinión favorable que funciona como excusa para su política agresiva «con fines civilizatorios» contra Palestina, y diluye la solidaridad con esta causa.

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